Noiz argitaratua Osteguna, 2013.eko Urriak 24

Rechazada la modificación del artículo 42 de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y del Urbanismo

Tras el anuncio de retirada del PSIS de Donapea, socialistas y no adscritos se descuelgan de la in voce consensuada con Bildu, Aralar-Nabai e I-E, que han quedado en minoría

El Pleno del Parlamento de Navarra ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN, SN y PPN y los votos a favor de Bildu, Aralar-Nabai e I-E, la propuesta de modificación del artículo 42 la Ley 35/2002 de Ordenación del Territorio y del Urbanismo. Los no adscritos no han tomado parte en la votación.

 

Previamente, el Consejero de Fomento, Luis Zarraluqui, ha tomado la palabra para anunciar la retirada del PSIS declarado por el Gobierno para la implantación de tres centros de investigación en la actual ubicación del CIP Donapea y la creación de un campus de Formación Profesional en la antigua parcela de San José (Echavacoiz).

 

Tras conocer la postura del Gobierno, Socialistas de Navarra y no adscritos han retirado su apoyo a la enmienda in voce consensuada con Bildu, Aralar-Nabai e Izquierda-Ezkerra para anular el PSIS de Donapea.

 

La Ley Foral impulsada por Bildu, Aralar-Nabai e I-E (antes del debate los no adscritos han removido su firma) tenía por objeto “delimitar con mayor precisión” la figura de los Planes y Proyectos de Incidencia Supramunicipal (PSIS), con el fin de “salvaguardar” un instrumento que, en la medida en que “no invade competencias urbanísticas de las entidades locales de Navarra”, contribuye a “estructurar” el territorio.

 

A tal objeto, se planteaba agregar un quinto punto al artículo 42 de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, para consignar la imposibilidad de cursar como Plan o Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal toda propuesta de modificación urbanística que “previamente haya sido objeto de tramitación y rechazo por el pleno del Ayuntamiento correspondiente”.

 

El artículo único de la proposición de Ley de modificación del artículo 42 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo decía lo siguiente:

 

Artículo 42.5

 

No podrán tramitarse por el procedimiento de Plan o Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal aquellas propuestas de modificaciones urbanísticas que previamente hayan sido objeto de tramitación y rechazo por el Pleno del Ayuntamiento correspondiente”.

 

Disposición Transitoria

 

Lo establecido en la presente Ley Foral será de aplicación a los Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal que se encuentren en tramitación y que no hayan sido aprobados definitivamente a la entrada en vigor de la presente Ley Foral”.

www.parlamento-navarra.es
• Publicación del Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 90, de 26-08-2013)