Rechazada la enmienda a la totalidad de UPN al Proyecto de Ley Foral de reforma fiscal
Los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Orain Bai e I-E neutralizan el intento de UPN de devolver el texto que contiene la política tributaria, que se debatirá en Comisión
El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E, la abstención del PSN y el respaldo del PPN, la enmienda a la totalidad formulada por UPN al Proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias para el año 2019, un texto de carácter transversal que introduce cambios en once leyes.
Al no prosperar la devolución, el proyecto de Ley será trasladado a la Comisión de Hacienda y Política Financiera, donde el próximo día 10 comenzarán los trabajos dirigidos a conformar el dictamen que, previsiblemente, el día 20 de diciembre será elevado a Pleno para su definitivo debate y votación.
La enmienda a la totalidad planteada por el G.P. UPN se sustenta en la convicción de que el Proyecto de Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias “persiste en el error de no afrontar la debida revisión fiscal que, debido a la negativa afección que los sucesivos incrementos tributarios han ocasionado en las rentas medias y la competitividad empresarial, vienen demandando ciudadanos, instituciones, organizaciones sociales y expertos en la materia”.
Por eso, frente a las “modificaciones al alza planteadas en IRPF, Sociedades, Patrimonio y Sucesiones y Donaciones”, UPN abogaba por “recuperar la pujanza y el prestigio del sistema fiscal de Navarra en favor de sus ciudadanos y su futuro”.
A tal objeto, ponía de relieve la “pérdida de poder adquisitivo que, debido a subidas de impuestos infundadas e injustas, padecen especialmente las familias con hijos”, y ponía en solfa la tributación de los planes de pensiones, cuyos tipos dibujan un “panorama fiscal sin atractivo para inversores o ahorradores”.
Ya en el ámbito de la industria, se incidía en la “penalización que para los emprendedores y para la propia competitividad de la Comunidad suponen los cambios en el Impuesto de Sociedades y, sobre todo, la eliminación de la exención en el Impuesto de Patrimonio de los bienes afectos a la actividad empresarial”.
Y respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyas variaciones “tampoco favorecen el fomento de la inversión, la estabilidad, la prosperidad y la justicia fiscal”, se alertaba sobre la “posibilidad de que determinados patrimonios encuentren mejores condiciones en los sistemas fiscales de otras CCAA”.
Por todo ello, “sin siquiera entrar a prejuzgar con concreción las medidas fiscales propuestas desde el Gobierno”, UPN solicita un nuevo proyecto de Ley que incluya medidas compensatorias tendentes a reorientar la política fiscal”.
Frente al planteamiento de UPN, el Gobierno de Navarra defiende la actualización de la normativa para, de conformidad con las nuevas realidades y situaciones sociales”, introducir las adecuaciones oportunas, resolviendo de paso algunas cuestiones interpretativas.
Aunque la mayor parte de las novedades son de tipo técnico, el proyecto contiene algunos cambios relevantes, uno de ellos vinculado con la recuperación del Impuesto sobre las grandes superficies comerciales.
Esta tasa tiene por objeto gravar la capacidad económica de las grandes superficies y establecimientos comerciales que “producen externalidades negativas al no asumir los costos económicos y sociales que afectan a la vida colectiva, particularmente en el tejido y actividades de los núcleos urbanos, en la ordenación del territorio, en el medio ambiente y en las infraestructuras”.
Como se recordará, este tributo fue derogado por el Parlamento de Navarra ante la inseguridad jurídica ocasionada por sendos recursos ante el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este último ha dictaminado el perfecto encaje del impuesto a la legislación europea y el Supremo ha rechazado el recurso contra la ley foral. Así, habiéndose despejado la inseguridad jurídica, en 2019 se restablecería el impuesto que estuvo en vigor de 2014 a 2015 con la misma regulación.
En cuanto al IRPF, destacan cuatro nuevos beneficios fiscales dirigidos a mejorar la consolidación de las empresas en Navarra, la continuidad empresarial y promover la implicación de las y los trabajadores en la empresa, incluida la participación en su accionariado. En concreto, estará exento el incremento patrimonial del empresariado que transmita la empresa a su personal; el importe pagado por estas personas empleadas en la adquisición de la empresa tendrá una deducción en la cuota del 15%; y, bajo ciertas condiciones, la transmisión de acciones no se considerará retribución en especie. Por otra parte, estarán exentos los premios obtenidos por los y las trabajadoras que hayan colaborado en la obtención de nuevas patentes en sus empresas.
Además, se establece un nuevo límite de 3.500 euros para las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social, con el fin de evitar la doble imposición que podían llegar a sufrir estas personas trabajadoras.
Relacionado también con el IRPF, resalta la creación de una nueva exención por reinversión que excluye del gravamen los incrementos patrimoniales de las personas mayores de 65 años, siempre que el importe obtenido se destina a la constitución de una renta vitalicia. Esta medida pretende mejorar la calidad de vida de las personas mayores en una sociedad cuya esperanza de vida es cada vez más elevada.
Y en lo tocante al tratamiento en el IRPF de las anualidades por alimentos de acuerdos notariales, se equipararán a las derivadas de los procedimientos judiciales. La medida pretende facilitar que el trámite sea más rápido y cómodo para el o la contribuyente.
En el Impuesto de Sociedades las novedades afectan fundamentalmente al beneficio fiscal por inversiones y por I+D+i, que se simplifica y flexibiliza y, especialmente, al de inversiones en producciones cinematográficas, que modifica sus condiciones. Así, se eleva del 25% al 40% el porcentaje de inversión total que será necesario realizar en Navarra y se establece un techo preventivo de 3 millones de euros como tope para la deducción.
Igualmente, se incentiva la figura de la persona que financia estos proyectos, de manera similar a como existe para los de I+D+i, y se veta la utilización en ambos casos de la forma jurídica de AIE (Agrupación de Interés Económico), por no adecuarse al fin que se persigue con estos incentivos. El objetivo de estos cambios es aumentar el retorno económico de los beneficios fiscales, asegurando la viabilidad de los proyectos que se acogen a ellos.
Otra de las principales novedades afecta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, para el que se plantea la obligatoriedad de la autoliquidación. En el caso de las herencias, no será necesaria la aceptación expresa para que surja el hecho imponible.
Por último, el proyecto recoge una serie de modificaciones en la Ley Foral General Tributaria, entre las que destacan las relacionadas con la lucha contra el fraude fiscal. En esa línea, se modifican las sanciones para incentivar las presentaciones de impuestos fuera de plazo, sin el requerimiento previo de Hacienda. De esta manera siempre resultará menos gravoso regularizar voluntariamente, que hacerlo tras requerimiento de la Administración.
Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Oran Bai e Izquierda-Ezkerra han asumido la reforma, han puesto en valor los cambios selectivos adoptados y han reconocido, sobre todo los tres últimos, que “existe todavía un considerable margen de mejora para avanzar en la equidad fiscal”.
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Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 134, de 07-11-2018)
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Publicación de las enmiendas a la totalidad (BOPN, n.º 140, de 19-11-2018)