Notas
• El aforo en la tribuna de invitados tiene una capacidad para 56 personas como máximo.
• La Presidencia del Parlamento, los miembros de la MesaVicepresidentes y los Grupos Parlamentarios tienen repartidas las invitaciones y tienen preferencia sobre otras solicitudes de asistencia.
• Las solicitudes se presentarán antes de las 12 horas del lunes de la semana en que se celebre la sesión plenaria.
• Las plazas se asignarán por riguroso orden de llegada hasta completar aforo. Las personas que no puedan acceder a la sesión por falta de espacio podrán, si lo desean, asistir a la siguiente sesión plenaria que se celebre. Por otra parte, en sesiones especiales o extraordinarias, el número de invitaciones puede verse reducido por necesidades de espacio para la atención de compromisos protocolarios.
Normativa legal:
Reglamento del Parlamento de Navarra. Mantenimiento del orden en la tribuna de público, art. 144.
1. En las sesiones públicas, el público estará obligado a guardar silencio en todo momento y a abstenerse de toda manifestación externa de aprobación o reprobación.
2. Los miembros del público que, de cualquier modo, perturben el orden serán sancionados por el Presidente con la expulsión de la sala. La Presidencia podrá ordenar el desalojo de la sala por todo el público si no se identificara a quienes perturben el orden o en caso de alboroto.
3. La Mesa podrá prohibir la asistencia a futuras sesiones de las personas expulsadas y suspender la concesión de las invitaciones correspondientes a los Grupos Parlamentarios cuyo público invitado sea expulsado del Salón de Sesiones.
Reglamento del Parlamento de Navarra. Prohibición de realizar fotografías y grabaciones de audio o de video, art. 127.3.
Las personas invitadas a asistir a las sesiones del Pleno en la tribuna de público no podrán realizar fotografías ni grabaciones de audio o vídeo, salvo que hayan sido expresamente autorizadas por la Presidencia de la Cámara.