Publicada el Thursday, 20 de February de 2020

Aprobada la Ley Foral de los Símbolos de Navarra

Navarra Suma y PSN modifican el régimen de uso de la bandera y, pese a la renuncia al apartado sancionador, no concitan el respaldo de ningún otro grupo parlamentario

El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de Navarra Suma y PSN y los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E, la Ley Foral de los Símbolos de Navarra, un texto que, tras las modificaciones introducidas en el curso de la sesión, ha terminado invocando la necesidad de “rellenar el vacío legal” ocasionado por la derogación de la Ley 24/2003.

 

La Ley impulsada por el G.P. Navarra Suma tenía por objeto retomar la “regulación completa del uso de los tres símbolos básicos (escudo, bandera, himno) de la Comunidad Foral para, mediante el fomento de su presencia en la vida oficial y ordinaria, preservar la identidad de Navarra, incluida la posibilidad de emprender acciones jurisdiccionales y de orden administrativo” al amparo de las infracciones y sanciones tipificadas.

 

Todo ello, según se precisaba, con el fin de dotar a los poderes públicos de las herramientas necesarias para “ejercer con eficacia la corrección de las numerosas irregularidades que se siguen produciendo en algunos Ayuntamientos, donde se ha hecho ondear la bandera de otra Comunidad Autónoma”.

 

En ese sentido, se evocaba el contenido de la Ley Foral 24/2003 de Símbolos de Navarra, derogada por la Ley Foral 3/2017, y se subrayaba la “necesidad de impulsar una normativa que, frente a los que pretenden dar carácter oficial a lo que no es más que una representación alternativa y poco probable, dignifique la identidad de Navarra como Comunidad singular, propia y diferenciada”.

 

Sin embargo, en el transcurso del debate efectuado en Comisión se derogó el apartado sancionador y se otorgó un nuevo régimen al uso de los símbolos, recogido en el capítulo 2 de la proposición de Ley. Todo ello con el respaldo de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la oposición de Navarra Suma.

 

A pesar de ello, las condiciones de uso de la bandera definidas en el dictamen elevado a Pleno han sido modificadas a partir de una enmienda in voce que, suscrita por Navarra Suma y PSN, dota de una nueva redacción al artículo 7, donde se recuperan una serie de cuestiones alusivas a la “utilización, ubicación y relación de preeminencia respecto a otros símbolos institucionales”.

 

En ese sentido y so pretexto de “rellenar el vacío legal” ocasionado por la derogación de la Ley Foral 24/2003 de Símbolos de Navarra decretada por la Ley Foral 3/2017, se consigna como “derecho cívico la exhibición de la bandera de Navarra en el exterior y en el interior de los edificios públicos” y se deja a criterio de la Presidencia de Navarra la decisión de decretar jornada de luto oficial, situación que lleva aparejada el crespón negro o la bandera a media asta “por el plazo que se determine”.

 

Todo esto, según se precisa en la enmienda de adición al preámbulo presentada por Navarra Suma y PSN, con el fin de “regular la forma y características con las que los símbolos propios formarán parte de la vida de la ciudadanía, presidirán los actos públicos y aquellos que revistan especiales circunstancias de solemnidad”. Ambas enmiendas han prosperado con los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu y la abstención de I-E.

 

Por otra parte, el dictamen recogía la abolición de los preceptos punitivos de la norma, concentrados en el capítulo V, pero con presencia también en el artículo 4 (nulidad de actos contrarios a la Ley). Dichas disposiciones han sido eliminadas de la Ley junto a los artículos 6 (uso de la bandera de Navarra), 8 (régimen de uso en la Administración Local), 12 (promoción de los símbolos en el ámbito educativo), 13 (promoción de los símbolos en el ámbito local) y la disposición adicional única (retirada de la simbología franquista). La exposiciónde motivos, que también había sido suprimida, ha sido recuperada en forma de preámbulo, tal y como se reseña en el párrafo anterior.

 

Además, también de acuerdo con el dictamen, se dota de carácter potestativo a los “actos de homenaje a la bandera de Navarra y al fomento del conocimiento y uso de los símbolos” forales que la norma confiere al Ejecutivo, también en lo referido a la presencia de la enseña en lugares en los que concurran “circunstancias de carácter histórico o de reflejo de la identidad de Navarra”.

 

La proposición de Ley Foral de los Símbolos de Navarra fue tomada en consideración en el Pleno del pasado 3 de octubre, con los votos a favor de Navarra Suma y PSN y los votos en contra de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E.

 

  • www.parlamentodenavarra.es
  • Publicación de la Proposición de Ley Foral (BOPN, nº 9, de 04-09-2019)
  • Publicación del dictamen (BOPN, nº 18, de 06-02-2020)