Publicada el Thursday, 19 de December de 2013

Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias

Aprobación en Pleno. Día 19 de diciembre de 2013

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, SN y PPN y las abstenciones de Bildu, Aralar-Nabai I-E y los no adscritos, la Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

Entre las novedades recogidas en la Ley se encuentran la supresión de los tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos (céntimo sanitario), cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero, y el mantenimiento de la tributación por módulos que rige actualmente para algunos tipos de autónomos (fundamentalmente transportistas), comercio minorista y agricultores, a quienes se proyectaba aplicar el régimen de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

En lo que al Impuesto sobre Hidrocarburos (2,4 céntimos por litro) respecta, todas las formaciones, con la excepción de Aralar-Nabai, que se abstuvo durante el trámite en Comisión, han coincidido en el escaso rendimiento de esta figura, dada la “significativa disminución” detectada en el consumo de carburantes, motivo por el que han procedido a retirarla.

La conservación de la tributación por módulos responde a un informe de la Hacienda Tributaria elaborado a instancias del Parlamento, en el que se aconseja renunciar a la reforma incluida en la Ley Foral 14/2013 de medidas contra el fraude fiscal, que hubiera tenido efectos desde el próximo 1 de enero. Sólo los no adscritos se han posicionado en contra, el resto a favor.

En el terreno educativo, la Ley unifica el tratamiento fiscal de las donaciones que se realizan a los centros educativos concertados de la Comunidad Foral, de modo que las efectuadas a las cooperativas de enseñanza (ikastolas, instituto Cuatrovientes, Liceo Monjardín) desgraven también un 25%, tal y como vienen haciendo los centros de titularidad religiosa y los que, conforme a la Ley 10/1996, tienen constituida una Fundación. En todo caso, debe tratarse de donaciones voluntarias, que no sean contraprestación a servicios tales como comedor, autobús, extraescolares, etc. Únicamente I-E se ha posicionado en contra, el resto, todos titulares de la enmienda agregada al dictamen, avalan el cambio.

Al hilo de las Fundaciones, a instancias de Aralar-Nabai y por unanimidad, se ha resuelto mantener la “gratuidad” de los cargos, evitando dar pie a retribuciones, que es lo que proponía el proyecto de Ley. Con idéntico consenso y también a iniciativa de Aralar-Nabai, se ha reducido de 400.000 a 299.000 la cantidad límite para que a las indemnizaciones por despido se les aplique una reducción del 40% en su tributación por IRPF.

El G.P. Socialista, con las abstenciones de Bildu e I-E, sacó adelante sendas enmiendas para que las inversiones en instalaciones térmicas de biomasa deduzcan un 15%, tanto en el caso de empresas como de particulares.

Las rentas del trabajo y del capital, por su parte, mantienen el recargo aplicado en los dos ejercicios anteriores, que oscila entre el 0,5% y el 5%, según los tramos. En los casos de custodia compartida, la Ley clarifica algunos supuestos, en concreto los que afectan al mínimo personal de familias monoparentales y aquellos otros en los que se satisfagan anualidades por alimentos.

También en lo tocante al IRPF, el proyecto de Ley confirma, con carácter retroactivo a 2013, la exención de las Becas Navarra para cursar programas de Master en universidades extranjeras. Dos enmiendas de Bildu e I-E, tendentes a suprimir lo que consideran un “agravio injustificado”, decayeron en Comisión con los votos en contra de UPN, SN, PPN y los no adscritos y la abstención de Aralar-Nabai.

En el marco de las ventajas fiscales habilitadas para favorecer a los emprendedores, la Ley permite aplazar un año sin intereses el pago del IRPF y del Impuesto de Sociedades, así como las retenciones a cuenta del IRPF de sus trabajadores.

En lo concerniente a la dependencia, la norma amplía la deducción del 15% en las cuotas de la Seguridad Social a las contrataciones para cuidar en el hogar a tíos, hermanos o suegros.

En el ámbito de la vivienda, UPN ha recabado el respaldo de todos los grupos a su propuesta de eximir del pago del impuesto de incremento de patrimonio a “todos los deudores hipotecarios, cualquiera que sea su umbral de exclusión, siempre que se trate de la vivienda habitual y única del sujeto pasivo. Tendrá efectos para los incrementos de patrimonio producidos a partir del 11 de marzo de 2012, con independencia de que la transmisión de la vivienda sea consecuencia de un procedimiento judicial instado por una entidad financiera, de una venta extrajudicial por medio de notario (art. 129 Ley Hipotecaria) o de una dación en pago.

En esos mismos supuestos, si la vivienda afectada es de protección oficial no habrá que devolver las ayudas que pudieran haber percibido los adjudicatarios, quedando a su vez libres del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Por otra parte, la desgravación por el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda baja de un 60% a un 40% en el caso de particulares, mientras que la bonificación se incrementa del 85% al 90% si se trata de viviendas protegidas.

Las entidades dedicadas al arrendamiento, sin embargo, contarán con más facilidades, al atenuarse los requisitos exigidos para el acceso a su régimen especial (Impuesto de Sociedades), todo ello con el fin de promover la salida al mercado de un mayor número de inmuebles.

También relacionado con el Impuesto de Sociedades, el proyecto modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de la cesión de patentes, reduciendo del 50% al 40% la base imponible y suavizando las condiciones para su obtención, entre otros reduciendo al 25% el porcentaje de participación exigible en su consecución. Una enmienda de Aralar-Nabai dirigida a endurecer las condiciones sólo recabó el respaldo de Bildu e I-E.

El texto remitido por el Gobierno flexibiliza también el plazo para materializar la Inversión de la Reserva Especial para inversiones (beneficios fiscales para inversiones futuras), al objeto de favorecer la actividad empresarial. Una enmienda de I-E postulando la supresión de esta figura fue rechazada con los votos en contra de UPN, SN y PPN. El apoyo de Bildu, Aralar-Nabai y los no adscritos resultó insuficiente

Nuevo marco fiscal para las parejas estables

El proyecto de Ley Foral actualiza la redacción de cinco impuestos (IRPF, Sociedades, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) para adaptarlos a lo dictado por la sentencia del Tribunal Constitucional que anula parte de la Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables.

A partir de ahora, sólo se equiparará fiscalmente a las parejas estables en el caso de que los dos miembros lo soliciten expresamente. Para ello, el Gobierno de Navarra creará el Registro fiscal de parejas estables. Se trata de un registro voluntario en el que los miembros de las parejas estables podrán solicitar su equiparación fiscal de manera análoga a la de los cónyuges de un matrimonio. El registro estará custodiado por la Hacienda Tributaria de Navarra y será independiente de los registros municipales. Es decir, la inscripción como pareja estable no implicará la inscripción en el registro fiscal, mientras los miembros de la pareja no la materialicen.

Para facilitar este trámite a las parejas ya existentes, Hacienda de Navarra incluirá una casilla en la próxima declaración del IRPF, mediante la cual los miembros de la pareja podrán solicitar su inclusión en el registro fiscal.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 126, de 05-11-2013)
• Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 144, de 11-12-2013)

Archivos adjuntos

Archivo adjuntoBOPN 27-12-2013