La sesión constitutiva del Parlamento se celebra hoy a las 11:00
Desde el 22 de mayo, Navarra cuenta con tres meses para elegir a su próximo Presidente, de lo contrario se tendrán que volver a convocar nuevas elecciones
La VIII Legislatura del Parlamento de Navarra comienza hoy (11:00) con la celebración de la sesión constitutiva de la Cámara. Durante esta primera reunión de los 50 aforados (19 de UPN, 9 de PSN, 8 de Nabai, 7 de Bildu, 4 del PPN y 3 de Izquierda-Ezkerra) se procederá a la elección del Presidente y la Mesa que habrá de gobernar la institución en los próximos cuatro años.
La sesión constitutiva será presidida inicialmente por el Parlamentario electo de mayor edad de entre los presentes, asistido, en calidad de Secretarios, por los dos más jóvenes, quienes pasarán a integrar la Mesa de edad que actuará hasta la elección de la Mesa del Parlamento.
El Presidente declarará abierta la sesión y dispondrá que por el Letrado Mayor o aquél que le sustituya, se lean el Decreto Foral de convocatoria, la lista de los Parlamentarios Forales electos y los recursos contencioso-electorales pendientes, con indicación de aquellos Parlamentarios Forales que pudieran quedar afectados por la resolución de los mismos.
El Presidente de la Mesa de edad prestará y solicitará de los Secretarios y, posteriormente, de los demás Parlamentarios electos, el juramento o promesa de respetar en todo momento el régimen foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias de su cargo, a cuyo efecto se procederá a su llamamiento por orden alfabético.
A continuación, se procederá a elegir a los miembros que han de formar la Mesa del Parlamento, que estará integrada por un Presidente, dos Vicepresidentes y dos Secretarios.
En primer lugar se procederá a la elección del Presidente. Dicha elección será precedida de un período de suspensión de la sesión, durante el cual los Parlamentarios Forales podrán presentar candidatos, mediante escrito dirigido a la Mesa de Edad. Reanudada la sesión el Presidente de la Mesa de Edad proclamará los candidatos con indicación de los Parlamentarios Forales que los hubiesen presentado.
El Presidente será elegido mediante votación secreta por papeletas. Cada Parlamentario Foral podrá escribir en su papeleta el nombre de uno solo de los candidatos proclamados. Serán igualmente válidos los votos en blanco. Los demás votos serán nulos.
Los Parlamentarios Forales serán llamados nominalmente a la Mesa por orden alfabético y entregarán su papeleta de voto al Presidente, quien la introducirá en la urna. Finalmente votarán los miembros de la Mesa de Edad y en último lugar lo hará el Presidente de la misma, dándose por terminada la votación. Seguidamente se realizará el escrutinio. A tal fin, el Presidente extraerá las papeletas de la urna y éstas serán leídas en alta voz por uno de los Secretarios. Concluido el escrutinio, el Presidente dará cuenta a los Parlamentarios Forales del resultado de la votación.
Resultará elegido Presidente el candidato que obtenga el voto favorable de la mayoría absoluta de los Parlamentarios Forales electos. De no obtenerse dicha mayoría, se procederá a una segunda votación en la que sólo podrán ser candidatos quienes en la primera votación hubiesen obtenido los dos mayores números de votos. En esta segunda votación, resultará elegido Presidente el candidato que obtenga más votos.
.En caso de producirse empate en la segunda votación, se procederá a una tercera entre los candidatos igualados en la que resultará elegido el que obtenga el mayor número de votos. Si en la tercera votación persistiera el empate, éste se dirimirá en favor del candidato de mayor edad, que será proclamado Presidente.
Una vez proclamado el Presidente electo, se procederá a la elección simultánea de los dos Vicepresidentes, con idéntico procedimiento que el establecido para la elección de Presidente, con la salvedad de que quedan elegidos por orden sucesivo los dos candidatos que obtengan mayor número de votos. Los empates se dirimirán a favor del candidato de mayor edad.
La elección de los dos Secretarios se efectuará de la misma forma prevista para los Vicepresidentes, con la única diferencia de que los empates se dirimirán en favor del candidato de menor edad.
Concluida la elección de los Secretarios, todos los miembros electos de la Mesa serán proclamados conjuntamente por el Presidente de la Mesa de Edad y pasarán a ocupar sus respectivos puestos, tomando así posesión de sus cargos. Seguidamente, el Presidente declarará constituido el Parlamento de Navarra y levantará la sesión.
La constitución del Parlamento será comunicada por su Presidente al Rey, al Presidente del Gobierno de la Nación, al Presidente de la Diputación Foral y a los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado.
ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
A partir de esa fecha, se iniciará el procedimiento de presentación y, en su caso, elección del futuro Presidente de la Comunidad Foral de Navarra.
El Presidente de la Comunidad Foral de Navarra es elegido por el Parlamento de entre sus miembros y nombrado por el Rey.
a) Propuesta. Dentro de los 10 días siguientes a la constitución de la Cámara su Presidente/a ha de consultar con los portavoces designados por los partidos o grupos políticos con representación parlamentaria y proponer un candidato, convocando a una sesión plenaria con al menos 3 días de antelación.
b) Debate de investidura. La sesión de investidura comienza con la comunicación de la propuesta por el Presidente. A continuación el candidato expone sin ninguna limitación de tiempo su programa político. Cada grupo parlamentario, de mayor a menor, puede intervenir por 30 minutos; el Grupo Mixto, que es el último en intervenir, puede distribuir su tiempo entre sus miembros. El candidato puede contestar a los grupos las veces que desee, en forma individual o globalmente, generando el correspondiente derecho de réplica de los grupos por el tiempo que determine el Presidente.
c) Votación. La votación, secreta mediante papeletas, se lleva a efecto a la hora previamente fijada por la Presidencia. Si el candidato obtiene mayoría absoluta se entiende otorgada la confianza; en caso contrario se celebra una segunda votación veinticuatro horas después, en este caso la confianza sólo requiere mayoría simple.
d) Nombramiento y toma de posesión. Otorgada la confianza, el Presidente del Parlamento lo comunica al Rey para que proceda al nombramiento como Presidente del Gobierno de Navarra mediante Real Decreto que se publica en el BOE y en el BON; dentro de los 10 días naturales siguientes a esta última publicación el Presidente electo toma posesión de su cargo prestando juramento o promesa ante el Presidente del Parlamento (arts. 24 y 25 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre).
Si el candidato queda rechazado se deben tramitar las sucesivas propuestas de candidato en la misma forma.
Si transcurrido el plazo de tres meses desde la celebración de las elecciones al Parlamento de Navarra no se presentara ningún candidato o ninguno de los presentados hubiera sido elegido, el Parlamento quedará disuelto, convocándose de inmediato nuevas elecciones. El nuevo Parlamento que resulte de la convocatoria electoral tendrá un mandato completo por un periodo de cuatro años.