Ley Foral de modificación de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra
Aprobación en Pleno. Día 27 de noviembre de 2014
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, con los votos a favor UPN, SN y PPN, la abstención de los no adscritos y los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai e I-E, la Ley de modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
La Ley tiene por objeto mantener las competencias de las entidades locales de Navarra y regular otras cuestiones del ámbito municipal que puedan verse afectadas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que atribuye a las comunidades autónomas competencias que hasta ahora recaían en las entidades locales.
Si bien la norma estatal, en vigor desde el 31 de diciembre de 2013, reconoce a la Comunidad Foral potestad para regular en esta materia, la demora de la Ponencia parlamentaria encargada de consensuar una Ley Foral de Reorganización de la Administración Local de Navarra y un sistema de financiación adaptado a la misma ha hecho que el Gobierno se lance a “regular aspectos concretos dirigidos a preservar la singularidad de nuestro régimen local”.
En el curso del debate efectuado en Comisión se acordó, a instancias de Socialistas, Bildu y Aralar-Nabai, suprimir la referencia a las escuelas infantiles, cuya financiación se regirá de acuerdo a lo estipulado en la Ley 16/2014, de 1 de julio, y no conforme a la Orden Foral 64/2013, de 5 de julio, donde se contemplaba una posible “reducción” de las cantidades a transferir, a expensas “de las disponibilidades presupuestarias mientras persista la actual coyuntura económica”. UPN y PPN votaron en contra.
La Ley 16/2014 tiene por objeto obligar al Gobierno de Navarra a “asumir el 100% de la financiación convenida en la Orden Foral 79/2012 para, realizando el pago dentro de cada ejercicio económico, no poner en cuestión la continuidad de los centros de primer ciclo de educación infantil de titularidad municipal”.
Con esta previsión, aprobada en Pleno el 26 de junio con los votos en contra de UPN y PPN, se pretendió asegurar vía Ley el “mantenimiento para el curso 2013/14 y venideros de las mismas condiciones aplicadas en el curso 2012/13”.
Bildu, Aralar-Nabai, I-E, no adscritos (impulsores de la Ley 16/2014) y Socialistas de Navarra entienden que, “en tanto no se articule una nueva legislación que defina la financiación de las competencias delegadas a las entidades locales”, esta es la “normativa mínima” necesaria para “resolver los constantes problemas que el actual estado de indefinición genera a los Ayuntamientos”.
Por otra parte, en lo relativo al sostenimiento de las competencias municipales en materia de salud y servicios sociales, Socialistas, Bildu, Aralar-Nabai e I-E han introducido un criterio de “suficiencia financiera” que obliga al Gobierno de Navarra a “habilitar los medios económicos necesarios” para su efectiva prestación. UPN y PPN votaron en contra de la citada enmienda, debatida en Comisión.
En cuanto a las prestaciones que no sean propias o delegadas, las entidades locales podrán seguir prestando dichos servicios y actividades, “siempre que no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal (de acuerdo con la legislación de estabilidad contable en vigor) y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea” con otra Administración Pública. La asunción de nuevas competencias de esa naturaleza, por el contrario, “requerirá la emisión de los informes previstos en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local”. UPN, Socialistas y PPN avalaron esta medida, introducida en el dictamen con los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai e I-E.
No se contempla, sin embargo, la pretensión de Bildu y Aralar-Nabai de hacer responsable al Gobierno de Navarra de la financiación de las competencias total o parcialmente delegadas y de aquellas otras que venían siendo ejercidas con aceptación explícita o implícita del Ejecutivo Foral, “de conformidad con lo dispuesto en la Ley estatal 27/2013”. UPN, SN y PPN se posicionaron en contra, no así I-E, que votó a favor.
La Ley establece que será la Administración Foral, y no la Administración central, la que decida sobre las fórmulas de gestión compartida que deben plantear los municipios de menos de 20.000 habitantes para la prestación de servicios: tratamiento de residuos, abastecimiento de agua, limpieza, alumbrado público, etc.
En cuanto a la creación de nuevas agrupaciones de servicios administrativos, opción bloqueada desde 2011, la Ley da cobertura a tal previsión, si bien la supedita a la aprobación por “mayoría absoluta del Pleno de todos los municipios afectados”. Así, se abre la posibilidad de agruparse para compartir las labores de secretaría e intervención a los municipios limítrofes, “siempre y cuando esta unión tenga por objeto la prestación de servicios administrativos que garanticen el control financiero y presupuestario” exigido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Asimismo, la Ley concede el carácter de entidad local a los consorcios constituidos por las administraciones públicas para la prestación de servicios municipales obligatorios. El objetivo de esta medida, a la que en Comisión se agregó el requisito de “voluntariedad”, es propiciar que la responsabilidad en el presupuesto y control de entidades como el Consorcio de Residuos, formado por la Administración Foral y los ayuntamientos, “siga recayendo en estos últimos y no pase al Gobierno de Navarra, como ocurriría de aplicarse la ley estatal”.
En cuanto a la consideración de entes locales, la Ley otorga tal condición a la Unión de Aralar, recogiendo así la petición de sus responsables, tal y como se apuntaba en la enmienda presentada al efecto por los no adscritos.
En otro orden de cosas, se ha suprimido la disposición que comprometía al Gobierno de Navarra a elaborar antes del 30 de junio de 2016 un proyecto de ley foral tendente a regular y ordenar la gestión integral de los residuos urbanos de Navarra. La enmienda Socialista, aceptada en Comisión por unanimidad, alega que hubiese supuesto una “vulneración de las competencias de los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes”, con potestad para decidir en torno a una materia que, a su parecer, “no es propia de esta Ley”.
Como se recordará, el pasado 23 de octubre el Pleno del Parlamento rechazó con los votos en contra de UPN, SN y PPN y las abstenciones de I-E y no adscritos, la enmienda a la totalidad formulada por Bildu y Aralar-Nabai al proyecto de Ley de modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Previamente, había concluido sin acuerdo la Ponencia parlamentaria encargada de consensuar una Ley Foral de Reorganización completa de la Administración Local de Navarra Dicha ponencia, cuya creación fue aprobada el 29 de octubre de 2013 a instancias de UPN, SN, Bildu, PPN, I-E y los no adscritos, se dio un plazo de mes y medio, prorrogable, para llegar a un acuerdo en torno a la modernización del mapa local de Navarra.
Como documentos de partida, la Ponencia contaba con la proposición de Ley de Socialistas de Navarra, tomada en consideración el 19 de septiembre de 2013, y el proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo.
• www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 85, de 04-07-2014)
• Enmienda a la totalidad y parciales (BOPN, n.º 105, de 03-10-2014)
• Publicación del dictamen (BOPN, n.º 123, de 13-11-2014)
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