Resolución por la que se acuerda igualar las oportunidades laborales de las personas con discapacidades: Igualar las oportunidades laborales de las personas con disminución psíquica, enfermedad mental, gran disminución física (superior al 60%) y portadoras de sorderas severas y profundas, mediante las siguientes medidas: 1.- Ampliar el Decreto Foral 13/1991, que a su vez ampliaba el D.F. 168/1990, sobre prestaciones y ayudas individuales a la reinserción social a las personas con gran disminución física, sorderas profundas y severas, disminución psíquica y enfermedad mental, mediante la subvención del S.M.I. más la cuota a la Seguridad Social a las empresas que las contraten a partir de 6 meses. 2.- Reserva directa (dentro del 3% exigido por la legislación vigente) de puestos de trabajo en servicios generales y auxiliares en la Administración Pública de Navarra. Establecimiento de criterios y pruebas de habilidades y destrezas específicas para cada puesto reservado entre personas o grupos de personas de igual condición con gran disminución física (más del 60%), sorderas profundas y severas, disminución psíquica o enfermedad mental. 3.- Recoger en normativa destinada a las empresas contratantes de servicios públicos en Navarra con más de 25 trabajadores/as la obligación de contar en su plantilla con, al menos, un 3% de trabajadores/as con gran disminución física, sorderas profundas y severas, disminución psíquica o enfermedad mental como forma de revertir el dinero público en beneficio social. 4.- Que el futuro Servicio Navarro de Empleo cumpla el mandato del art. 39 de la LISMI y garantice la coordinación de la Oficina de Empleo y el Centro Base de Valoración y Minusvalías del Departamento de Bienestar Social para la colocación de trabajadores/as con disminución de capacidades en empresas públicas y privadas.