Publicada el Jueves, 19 de Septiembre de 2019

Aprobado un suplemento de crédito de 1.800.000 euros para cubrir las necesidades financieras del Servicio Navarro de Empleo

Se trata de asegurar la ejecución íntegra de los fondos transferidos por el Estado para acciones formativas desarrolladas por centros propios, incluidas becas a participantes

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy, por unanimidad, la Ley Foral por la que se concede un suplemento de crédito de 1.800.000 euros dirigido a atender las necesidades de financiación correspondientes a las acciones formativas desarrolladas por centros propios del SNE (Iturrondo y Cenifer), incluidas becas a participantes y acciones complementarias.

 

El importe del crédito extraordinario se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias: Asistencia para programas formativos. Conferencia Sectorial (1.500.000 euros), Becas acciones de formación. Conferencia Sectorial (150.000), Asistencias programas Cenifer. Conferencia Sectorial (100.000) y Acciones complementarias para la formación (50.000).

 

La financiación de este suplemento de crédito se acometerá con cargo al saldo disponible en la partida Programas escuelas taller y programas específicos. Conferencia Sectorial, al objeto de garantizar la ejecución íntegra de los fondos que, procedentes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, transfirió el Estado para tareas de formación (12.084.797 euros). Dicha partida fue ampliada a principios de 2019, con el fin de financiar compromisos adquiridos en 2018 pendientes aún de pago.

 

Dada la imposibilidad de redistribuir el importe sobrante en la partida referida (art. 49.4 Ley Foral 13/2007) y a fin de evitar la devolución, por inejecución, de los fondos recibidos, se procede a realizar un suplemento de crédito al amparo del artículo 48.1 de la Ley Foral de la Hacienda Pública de Navarra, que exige la concurrencia de dos circunstancias: ausencia de crédito para el abono de un gasto que no puede demorarse al ejercicio siguiente, bien porque no se ha consignado lo suficiente, bien porque no puede incrementarse el existente.

 

Los ingresos procedentes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales se deben ejecutar en el mismo año en que se conceden, tal y como prevé la Orden TMS/425/2019, de 8 de abril, de distribución territorial de subvenciones del ámbito laboral, para su gestión por las Comunidades Autónomas. Por todo ello, para evitar el reembolso y, con él, la minoración de los ingresos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se concede un suplemento de crédito de 1.800.000 euros, a fin de mantener los 12.084.797 euros conferidos para labores de formación.

 

El artículo 4 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra establece que se regularán mediante Ley Foral los presupuestos generales de Navarra, así como las modificaciones de los mismos referentes a la concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito. Con lo cual, dada la insuficiencia del crédito consignado en el presupuesto de gastos, procede la aprobación de la presente Ley, en este caso por lectura única. La Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.