Publicada el Miércoles, 22 de Febrero de 2023

Aprobado el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral de canales cortos de comercialización agroalimentaria

Se fija un nuevo marco normativo para regular y fomentar la comercialización de alimentos entre titulares de explotaciones agropecuarias y consumidores y consumidoras finales

La Comisión de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha aprobado hoy el dictamen en relación con el proyecto de Ley Foral de canales cortos de comercialización agroalimentaria, un texto que sustituye la Ley Foral 8/2010, de 20 de abril, reguladora de la venta directa de productos ligados a las explotaciones agrarias y ganaderas al objeto de “adaptarse a las tendencias actuales y a los avances en los sistemas de producción y comercialización de alimentos, los compromisos de la UE con el desarrollo sostenible y las nuevas demandas de la sociedad”.

 

El proyecto de Ley impulsado por el Ejecutivo Foral pretende “regular y fomentar la comercialización de alimentos entre productoras y productores primarios o sus entidades asociativas, titulares de explotaciones agropecuarias de Navarra y consumidores y consumidoras finales (o con la participación de una intermediación, como máximo)” para, a través de la creación del registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria, permitir un aprovechamiento directo del producto en origen disminuyendo los gastos derivados del proceso de traslado, intermediación y comercialización.

 

En ese sentido, se busca atender la actual demanda social en aumento de productos locales, de procedencia conocida y de temporada, que, con una menor huella ecológica, atiende un mercado “valorado y creciente en la sociedad, con precios justos para toda la cadena, desde los agentes productores hasta las personas consumidoras”.

 

A tal fin, a través del fomento de la venta directa y de cercanía, se aspira a mejorar la renta de las personas dedicadas a la agricultura y ganadería y el impulso de la economía rural, a la par que se contribuye en aspectos medioambientales y en el reconocimiento del sector primario por parte de la ciudadanía, como fuente de alimentos seguros, sostenibles y de calidad.

 

La norma determina las condiciones que deben cumplirse para que la actividad comercial agroalimentaria pueda ser considerada como de cercanía, diferenciando entre venta directa, aquella que requiere del contacto entre la agricultora o agricultor, ganadera o ganadero con quienes consumen, y venta de proximidad, donde está permitida la participación de una sola intermediación entre ambas partes.

 

A su vez, se establecen los requisitos de sanidad e higiene de los alimentos. En este caso, las autoridades competentes en materias de salud y desarrollo rural se obligan a elaborar en el plazo de 18 meses guías de buenas prácticas de sanidad e higiene donde se establecerán adaptaciones a las condiciones y requisitos que deben cumplirse en las etapas de producción, elaboración, transformación y comercialización.

 

El proyecto de ley, además, compromete a la Administración a fomentar la comercialización agroalimentaria en canal corto a través de campañas de promoción y visibilización, “lo que redundará en el fortalecimiento, confianza y valoración de este tipo de actividad por parte de la ciudadanía”.

 

Asimismo, se establece y regula un nuevo registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria de Navarra que, gestionado por el departamento competente en la materia, sustituye al vigente censo de operadores agroalimentarios de venta directa de Navarra. A través de esta herramienta, en la que se identificará si el operador u operadora realiza la venta directa, la venta de proximidad o ambas, el Gobierno de Navarra podrá llevar a cabo actividades de dinamización y promoción de los operadores y operadoras, así como obtener información sobre el volumen y tipo de producción comercializado, lo que permitirá una mejor gestión e impulso por parte de la Administración foral.

 

Según se precisa, el Gobierno de Navarra desarrollará un distintivo o logotipo que permita facilitar la identificación e información, por parte del consumidor final, de la comercialización a través de canales cortos. Se determinan las reglas para la utilización de dicho logotipo, que podrá utilizarse tanto en establecimientos como en los propios productos, con el fin último de visibilizar y diferenciar su actividad comercial de la que desarrollen otros establecimientos y canales.

 

El control oficial del cumplimiento de esta norma recae en el departamento competente, sin perjuicio de las actuaciones que lleven a cabo las autoridades en la materia. A instancias de EH Bildu, cuya enmienda de adición ha sido aprobada con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra, se establece, además, un régimen sancionador que determina la remisión normativa en el caso de la tipificación y taxatividad de las sanciones que pudieran imponerse por incumplimiento en la venta directa o en circuitos cortos.  Navarra Suma ha votado en contra.

 

La entrada en vigor del proyecto de ley foral supondría la derogación de la Ley Foral 8/2010, de 20 de abril, por la que se regula en Navarra la venta directa de productos ligados a la explotación agraria y ganadera, y del Decreto Foral 107/2014, de 12 de noviembre, por el que se desarrolla la mencionada ley foral.

 

En el transcurso del debate efectuado en Comisión se han aprobado 19 de las 34 enmiendas debatidas (9 in voce), 10 a instancias de EH Bildu, que también ha participado en las otras nueve  junto a PSN, Geroa Bai y Podemos-Ahal Dugu. Todas han sido aprobadas con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra y el voto en contra de Navarra Suma. Las 15 enmiendas presentadas por Navarra Suma han decaído sin ningún apoyo.

 

Una vez dictaminado, el proyecto de Ley Foral de canales cortos de comercialización agroalimentaria será elevado a Pleno, previsiblemente el 2 de marzo, para su definitivo debate y votación.

 

A la sesión, presidida por Blanca Regúlez (G.P. Geroa Bai), han asistido, además, Miguel Bujanda, Isabel Olave, Pachi Pérez. Elena Llorente, Pedro González, Marta Álvarez (G.P. Navarra Suma), Javier Lecumberri, Virginia Magdaleno, Jorge Aguirre (G.P. PSN), Pablo Azcona (G.P. Geroa Bai), Adolfo Araiz, Maiorga Ramírez (G.P. EH Bildu), Ainhoa Aznárez (A.P.F. Podemos-Ahal Dugu) y Marisa de Simón (G-Mixto Izquierda-Ezkerra).

 

  • www.parlamentodenavarra.es
  • Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 5, de 13-01-2023)
  • Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 25, de 14-02-2023)