Publicada el Donnerstag, 11 de Dezember de 2014

Desestimada una moción instando al Parlamento a rechazar la zonificación en materia lingüística

Pretendía que la Cámara ratificase el "mandato dado a los negociadores de la Lorafna en 1982", tendente a reconocer la oficialidad del euskera en toda Navarra

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN, SN, y PPN y los votos a favor de Bildu, Aralar-Nabai, I-E y no adscritos, una moción para instar a la Cámara a “ratificar y actualizar el acuerdo de bases para la negociación de la Lorafna que adoptó el 15 de marzo de 1982, estableciendo que el euskara fuese lengua oficial en todo el territorio de Navarra y estableciendo ese mandato o consigna para los negociadores de dicha Lorafna”.

La moción desestimada incluía un segundo punto en el que, a su vez, el Parlamento de Navarra “declaraba que la igualdad de los navarros y navarras frente a un bien inmaterial común, de carácter emblemático y que es uno de los elementos de definición de Navarra, requiere la modificación del artículo 9, número 2 del Amejoramiento, y el establecimiento del principio de que todos los navarros y navarras tienen derecho y opción de utilizar, emplear y aprender la lengua vasca, debiendo por ello desaparecer las divisiones internas de Navarra en materia lingüística”.

En la exposición de motivos, la moción impulsada por el G.P. Aralar-Nabai se remitía al 15 de marzo de 1982, fecha en la que el Parlamento Foral de Navarra “aprobó por mayoría que el vascuence fuese oficial en toda Navarra, mandato que fue trasladado “a los negociadores de la Lorafna, ley básica por la que habrían de adaptarse los derechos históricos de Navarra y que, jurídicamente, constituye el Estatuto de Navarra”.

En ese contexto, el proponente esgrimía que “no es necesario dividir el territorio en zonas ni diferenciar los derechos de los ciudadanos si se hace prevalecer y se prioriza la libertad lingüística, es decir, la elección de los ciudadanos con respecto al uso oficial, aprendizaje y empleo de las lenguas”.

A ese respecto, concluía que “trasladar los conceptos sociolingüísticos de zonas al ámbito de la regulación legal de los derechos lingüísticos constituye un fraude en la interpretación de tales derechos”.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación de la moción (BOPN, n.º 129, de 21-11-2014)